CORPORACION FPV PRAE Eventius

    Fundación de prevención de accidentes viales

                 CONCIENCIA EN MOVIMIENTO


LA SEGURIDAD VIAL


El concepto de seguridad vial supone la prevención de accidentes de tráfico con el objetivo de proteger la vida de las personas, como un conjunto de acciones y mecanismos que garantizan el buen funcionamiento de la circulación del tránsito, mediante la utilización de conocimientos (leyes, reglamento y disposiciones) y normas de conducta, bien sea como peatón, ciclista, motociclista o automovilista, a fin de usar correctamente la vía pública previniendo los accidentes de tránsito e incitando a una convivencia más armoniosa.

La seguridad vial se encarga de prevenir y minimizar los daños y efectos que provocan los accidentes viales, su principal objetivo es salvaguardar la integridad física de las personas que transitan por la vía pública disminuyendo los factores de riesgo.


Una vez sabiendo esto es importante recalcar que la disminución de los accidentes o la mejora en la convivencia de la comunidad vial no puede reducirse al simple, conocimiento de normas y señales, o a consejos prácticos para movilizarse en los diferentes espacios y a la divulgación de conductas preventivas.

Los accidentes viales no suelen deberse a desconocimiento o ignorancia de las normas, sino a su inobservancia, es decir, a la falta de asimilación de los valores mínimos básicos de comportamiento.

El sentido profundo de esta educación radica en el desarrollo pleno de conocimientos y valores integrados a la personalidad del individuo. El respeto a las normas de tránsito y movilidad en los espacios públicos colectivos, así como la prioridad de la seguridad vial en ellos, no deben percibirse como algo normativo o impuesto, sino como un bien común.

Pongamos nuestra conciencia en movimiento para promover un cambio de CONDUCTA

FPV PRAE

Tel: (56) 953010530

Mail:fpvprae@gmail.com

Rut: 65.227.717-9

LINKS DE INTERES:

https://www.conaset.cl         https://www.mutual.cl       



Circulación de los ciclos

La nueva Ley de Convivencia Vial o de Modos,  define los modos de transporte y  diferencian aquellos que son motorizados, de los que no son motorizados. Dentro de los vehículos no motorizados se encuentran los "ciclos", que son vehículos de 1 o más ruedas propulsados por las personas situadas en ellos, por ejemplo, las bicicletas, patinetas, patines, monopatines, etc. Además, asimila a los ciclos los vehículos con asistencia eléctrica con potencia máxima de 0,25 kw y que no superen los 25 km/hr.

Tal como la ley de tránsito lo establece desde su entrada en vigencia en 1985, los vehículos tienen la obligatoriedad de circular por la calzada.
La nueva normativa define concretamente que los ciclos deben circular por las ciclovías (si éstas existen) o a falta de estas lo harán por la pista derecha de la calzada.

Es importante mencionar que, constituye una excepción a la obligación de transitar por la pista derecha de la calzada, los siguientes casos:

  • Cuando se adelante o sobrepase a otro vehículo motorizado que va en el mismo sentido, bajo las reglas que rige tal movimiento.
  • Cuando el tránsito por la mitad derecha de una calzada esté impedido por construcciones, reparaciones u otros accidentes que alteren la normal circulación.
  • En vías unidireccionales, cuando exista una pista de uso exclusivo de buses ubicada al costado derecho de la calzada. En esta situación, los ciclos deberán circular por el costado izquierdo de la pista izquierda. Tratándose de vías bidireccionales esta disposición se aplicará solo en caso de existir bandejón central o mediana.

Cruces Peatonales

En el caso de tener que utilizar un cruce peatonal, el conductor del ciclo deberá detenerse antes del mismo y atravesarlo a velocidad reducida, respetando siempre la prioridad del peatón, a velocidad del peatón y si el flujo peatonal es muy alto deberá descender del ciclo.

¡Crea tu página web gratis! Esta página web fue creada con Webnode. Crea tu propia web gratis hoy mismo! Comenzar